Sistemas y programas de facturación y Veri*factu

2025-11-04T11:59:00
España

Veinte cuestiones clave sobre los nuevos requisitos del software y hardware de facturación

Sistemas y programas de facturación y Veri*factu
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4 de noviembre de 2025

Determinados empresarios y profesionales —ya sean personas físicas o jurídicas— deben adaptar en las próximas semanas/meses sus programas y sistemas informáticos o electrónicos de facturación ("SIF"), para cumplir con las nuevas especificaciones técnicas aprobadas en desarrollo de la obligación prevista en el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria (LGT).

En concreto, las fechas límite para tener adaptados los sistemas, en cumplimiento de estas nuevas obligaciones, por parte de estos empresarios y profesionales son:

  • El 1 de enero de 2026 para las personas jurídicas, contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS), y
  • El 1 de julio de 2026 en el caso del resto de usuarios de los citados SIF; es decir para los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) con establecimiento permanente y las entidades en régimen de atribución de rentas.  

En el marco de esta adaptación de los SIF se puede optar por una de las dos modalidades que incluye la nueva normativa:

  • Modalidad básica, o de "sistemas de emisión de facturas no verificables" o "NO VERI*FACTU"
  • Modalidad "sistema de emisión de facturas verificables" o "VERI*FACTU", en cuyo caso el SIF se utiliza también para remitir en línea de forma automática a la Administración tributaria los registros de facturación conforme se van emitiendo las facturas por parte del empresario o profesional.

No deben confundirse estas nuevas obligaciones con la facturación electrónica obligatoria que se impondrá en un futuro no muy lejano en las operaciones entre empresarios y profesionales (operaciones B2B). Tampoco puede confundirse con el sistema de llevanza de los libros registros del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT (SII-IVA), aunque hay una relevante dispensa en la adaptación de los SIF en caso de estar afectado por el SII-IVA.

En este Legal Flash analizamos veinte cuestiones clave y recurrentes sobre la materia.

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4 de noviembre de 2025