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SuscribirmeEl Pleno del Congreso de los Diputados del jueves 26 de febrero no ha convalidado el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero (el "RDL 2/2026"). En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 28 de febrero se publica la Resolución de 26 de febrero de 2026 por la que se ordena la publicación del acuerdo de derogación.
Como analizábamos en nuestro post de hace unas semanas —véase Post | El RDL 2/2026 recupera la "moratoria societaria"—, el primer apartado de la Disposición Adicional Primera RDL 2/2026 restablecía el régimen excepcional de disolución por pérdidas graves aprobado en su día con ocasión del COVID-19. Conforme a dicho régimen, hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2026 no se computaban las pérdidas correspondientes a 2020 y 2021 para determinar si la sociedad incurría en causa de disolución por pérdidas graves del art. 363.1.e LSC (es decir, cuando las pérdidas dejan reducido el patrimonio neto de la sociedad por debajo de la mitad del capital social).
Con la no convalidación del RDL 2/2026, los administradores de las sociedades de capital que tuvieran pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 deberán analizar los efectos del fin de la "moratoria societaria" y, en su caso, tomar las medidas oportunas para evitar incurrir en la responsabilidad por deudas prevista en el art. 367 LSC.
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