DIAN reconsidera dividendos bajo CDI Colombia-España

2026-09-08T04:21:00
Colombia

Cambio de criterio sobre el requisito de reinversión del Protocolo al artículo 10 del CDI

DIAN reconsidera dividendos bajo CDI Colombia-España
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8 de septiembre de 2026

ASPECTOS CLAVE


  • La DIAN reconsideró el Concepto No. 48261 de 2012 sobre dividendos del CDI Colombia-España.
  • La condición de reinversión recae sobre el 35% (impuesto adicional), no sobre el 65% del dividendo.
  • No procede el esquema de retención total con devolución diferida que imponía el concepto anterior.
  • Seguridad jurídica en planificación de inversiones: El nuevo criterio refuerza la seguridad jurídica en la estructuración de inversiones España-Colombia, eliminando la incertidumbre sobre el flujo de caja y la disponibilidad inmediata de dividendos.
  • Dado que las disposiciones son sustancialmente idénticas, este cambio podría servir de fundamento para que inversionistas chilenos soliciten el mismo tratamiento respecto de sus dividendos desde Colombia.
  • La reconsideración de la DIAN confirma la importancia de acudir a la interpretación literal y de buena fe de los tratados internacionales conforme al artículo 31 de la Convención de Viena.
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8 de septiembre de 2026