El Parlamento Europeo publica un estudio sobre las oportunidades y retos del Metaverso en distintos ámbitos

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SuscribirmeEl pasado 26 de junio el Parlamento Europeo (‘‘PE’’) publicó un estudio en el que aborda las oportunidades y los riesgos que plantean las aplicaciones comerciales, industriales y militares del Metaverso. Este documento fue elaborado por su Departamento de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos Constitucionales, y su interpretación podría complementarse con este otro informe del propio PE (ya analizado aquí).
La publicación resulta notoriamente extensa (161 páginas) y aborda multitud de temáticas relacionadas con la llegada del Metaverso. Pone de manifiesto la necesidad de contar con iniciativas legislativas y con una supervisión y judicial adecuada, para que el impacto de este espacio colectivo virtual sea positivo. En su momento, expusimos brevemente en nuestro blog cuáles eran algunos de los principales aspectos jurídicos objeto de debate. Y recientemente hemos analizado y contextualizado la estrategia para el Metaverso de la Comisión Europea (aquí y aquí).
Según el PE, en línea con la definición propuesta por la consultora Gartner, el Metaverso ha de ser entendido como una simulación digital de un espacio multidimensional, que comprende diferentes aplicaciones y numerosas conexiones. El estudio del PE trata los aspectos siguientes: (i) oportunidades; (ii) retos; (iii) aspectos éticos; (iv) propiedad virtual; (v) derecho civil y mercantil; (vi) propiedad intelectual e industrial; (vii) el papel de los abogados y los tribunales en el Metaverso; (viii) el PE en el Metaverso; y (ix) conclusiones y recomendaciones.
Como premisa, el PE subraya que la construcción de mundos virtuales en búsqueda de una realidad alternativa es parte esencial de la experiencia humana. Sin embargo, uno de los aspectos diferenciales del Metaverso es el empleo de múltiples tecnologías y tendencias para operar, ofreciendo una experiencia al usuario inmersiva y tridimensional (3D), acceso en tiempo real e interoperabilidad entre plataformas en la red.
Teniendo en cuenta lo anterior y la extensión del estudio, en esta entrada realizaremos un somero análisis de algunas de las principales notas del estudio del PE, profundizando esencialmente en los aspectos que están estrechamente relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
Oportunidades
Entrando a analizar las oportunidades que ofrece el Metaverso, el Parlamento trae a colación, entre otras, las siguientes:
- El acceso inmediato, universal, interactivo, aumentado e inmersivo a la información;
- Su gran impacto económico en diferentes áreas de actividad de la sociedad, proyectando que en 2030 el mercado mundial del Metaverso alcanzará la cifra estimada de 678.800 millones de dólares; y
- Los posibles beneficios sociales, como servir de plataforma de colaboración e intercambio de información para aumentar la eficiencia y cooperación, en ámbitos como la salud, el arte o la educación.
Retos
En contraposición a las oportunidades, los retos que suscita el Metaverso no son escasos:
- Los problemas de salud en adultos y menores (p. ej., cibermareos -cybersickness-, adicciones, sensación memorial falsa).
- La posible comisión de delitos como acoso o discurso de odio (p. ej., ciberacoso, acoso sexual, catfishing).
- La protección de los datos personales y la privacidad: los macrodatos y la inteligencia artificial (“IA”) convergen, proporcionando una nueva infraestructura para tratar y gestionar los datos.
- Los juegos de azar y loterías (teniendo en cuenta que surgen oportunidades de ganar premios en el Metaverso basados en azar); o
- La elusión fiscal (por ejemplo, necesidad de un seguimiento preciso del uso de los datos y de los derechos de propiedad intelectual, para garantizar una redistribución justa de la riqueza creada por la automatización de la IA en el contexto del Metaverso).
A estos efectos, recomendamos la lectura del artículo sobre el estudio del Consejo de la Unión Europea, publicado con anterioridad en este blog (v. estudio sobre los desafíos que suscita la irrupción del Metaverso).
Ética, “Real Estate” y Derecho civil y mercantil
La vertiente ética del Metaverso ha sido otro de los aspectos estudiados, así como cuestiones relativas a la propiedad de bienes “inmuebles” (siendo fundamentales los tokens no fungibles –‘‘NFT’’– para el funcionamiento de la ‘‘propiedad’’ de la tierra virtual). Igualmente, el PE aborda la complejidad existente en aquellos litigios de Derecho Civil y Mercantil que pueden plantearse en el Metaverso, teniendo en cuenta la aplicabilidad de las normas vigentes en materia de responsabilidad contractual y extracontractual y su potencialmente compleja adaptación a las especificidades del Metaverso. De entre los diversos instrumentos legislativos europeos cabe destacar se encuentra el Reglamento de Servicios Digitales (“DSA”), que contiene disposiciones sobre la responsabilidad de los prestadores de servicios de intermediación y que ha sido objeto de dos entradas en este blog con anterioridad (v. primera; segunda).
Propiedad Intelectual e Industrial
Adicionalmente, el PE estudia la estrecha relación que existe entre el Metaverso y la Propiedad Intelectual e Industrial, que analizamos con mayor detenimiento. La normativa en materia de derechos de autor, marcas, patentes, u otros, se aplica a los bienes y servicios, ofrecidos y prestados en entornos virtuales, tales como edificios creados con realidad virtual, clases en Metaversos u obras digitales. Sin embargo, en estos estos entornos virtuales conviene operar con cautela, dado que una gran mayoría de los productos y bienes existentes son copias digitales del original físico, que con carácter general suele estar protegido. Visto el contexto legal existente, los creadores de NFTs y los licenciantes de contenidos están desarrollando distintos modelos de concesión de licencias, dado que se presentan nuevos métodos de explotación únicos, debido a la forma en la que se articula y funciona el Metaverso. El PE destaca la incertidumbre en el alcance de la protección de la propiedad intelectual en el Metaverso, afirmándose que el número de controversias será posiblemente mayor al actual en el caso de los universos virtuales. De hecho, el nuevo mercado de los NFTs ya ha propiciado el surgimiento de litigios en este sentido.
En relación con la propiedad industrial, el Parlamento señala un auge en las solicitudes de patentes relacionadas con el Metaverso en los últimos años, dado que se abren nuevas áreas para crear productos puramente digitales, o de unir productos físicos con digitales (p.ej. Nike y RTFKT patentan sus zapatillas Nike Dunk haciéndolas personalizables en el metaverso). Las tecnologías que las empresas están patentando son, entre otras, algoritmos para generar escenas y formas en entornos virtuales, o métodos para generar avatares tridimensionales de los usuarios.
Asimismo, en lo que a Derecho de marcas se refiere, varios de los referentes en el mundo de la moda solicitaron sus marcas a efectos de posicionarse estratégicamente en estos entornos virtuales y poder ofrecer nuevas e interesantes experiencias de inmersión a sus clientes (v. la protección de las marcas en el Metaverso). En este sentido, la Asociación Internacional de Marcas publicó un white paper en el que enumeró los problemas plantean las marcas en el Metaverso, por ejemplo, la necesidad de armonizar su clasificación en cuanto a la actividad relativa a estos espacios multidimensionales y a los activos digitales que operan en el mismo.
Por otra parte, respecto a los derechos de autor, el PE apunta entre otras cuestiones que, para utilizar las obras sobre las que originalmente existen derechos de autor en el Metaverso, se requiere la debida autorización mediante licencia y/o cesión de dichas obras. Una obra (incluidos los bienes físicos) puede convertirse a formato digital en el Metaverso (como una foto o vídeo) y, cada uno de esos coleccionables digitales podrá utilizarse como un NFT. Este punto es especialmente relevante, ya que en la adquisición de un mero NFT lo que se transfiere es la propiedad sobre los metadatos del token exclusivamente, y no los derechos autor y otros derechos accesorios incorporados a la obra artística en sí (en el mismo sentido se pronuncia el PE en este otro estudio). Como resultado, a no ser que se haya regulado de otro modo en el contrato de licencia o cesión, el adquirente no puede comercializar el NFT, y sus derechos se limitan únicamente a explotar dicho NFT con fines personales.
En cuanto a la interconexión entre la IA y la Propiedad Intelectual e Industrial, también surgen ciertos problemas según el PE, dado que la IA puede recopilar y entrenar sus sistemas con datos extraídos de obras protegidas, inventos patentados u otros activos intangibles registrados, y reproducirlos de forma automatizada un número ilimitado de veces en el Metaverso. Esta aplicación de la IA debe considerarse, según el PE, como un nuevo campo de explotación que requiere una licencia y una tasa para así remunerar a los creadores e innovadores. Una solución que se plantea factible gracias a la tecnología Blockchain. Esta tecnología, podría permitir rastrear qué material protegido por derechos de autor, marcas, patentes, u otros, ha sido utilizado por la IA.
Precisamente en relación con la IA, el principal problema identificado por el PE es la falta de transparencia de los sistemas de IA, que pueden actuar como una black box (“caja negra”), que procesa datos potencialmente protegidos, y genera resultados sin referenciar ningún aspecto vinculado a los derechos de propiedad intelectual o industrial, o a la protección de datos. Una cuestión controvertida que el futuro Reglamento de IA aborda, incorporando, entre otros, la obligación de realizar un resumen suficientemente detallado del uso de datos de entrenamiento del sistema de IA protegidos por derechos de autor (art. 28b (4) c).
Los abogados, los tribunales y el PE en el Metaverso
En estos apartados se discuten aspectos como la celebración de juicios en entornos virtuales o la actuación de abogados en dichos espacios mediante avatares. El PE ha desplegado varias iniciativas para favorecer la integración y la protección de los ciudadanos en estos espacios multidimensionales, a través de experiencias inmersivas, eventos sobre estas temáticas con actividades de realidad virtual y aumentada, llegando incluso a desarrollar un software capaz de detectar automáticamente cláusulas ilegales en contratos en línea o políticas de privacidad, entre otras.
Conclusiones y recomendaciones
El PE concluye su estudio proyectando las expectativas del Metaverso en los próximos años. Se estima que en 2030 este universo virtual podría generar entre 4 y 5 billones de dólares entre el uso de los consumidores y empresas. Además, podría mejorar la administración electrónica, sanidad, agricultura y educación, así como muchas otras áreas. Sin embargo, no pueden perderse de vista los posibles riesgos, ampliamente abordados en este artículo, que implica el operar en el Metaverso.
Asimismo, el actual protagonismo de la IA y el Metaverso dan lugar a una nueva razón para la recopilación masiva de datos: la construcción digital de servicios de automatización para espacios híbridos y digitales. Esta capacidad para digitalizar todos los aspectos del entorno, incluidas las actividades humanas, el conocimiento y el contenido, incluyendo el movimiento en tiempo real, transforma todo en información y datos que pueden recopilarse, procesarse y colocarse en el Metaverso. Por otro lado, el estudio propone crear un equipo de trabajo sobre el Metaverso que estudie y analice sus oportunidades y riesgos.
En definitiva, el Metaverso se perfila como un universo virtual en constante expansión, con el potencial de generar un impacto significativo en diferentes sectores de la sociedad. Sin embargo, su desarrollo debe ser guiado por: (a) los principios de derechos fundamentales universales, sin excepciones; (b) la innovación, no explotación; y (c) la cooperación, sin confrontación. Por lo tanto, resulta necesario establecer un marco de gobernanza sólido y asegurar una recopilación de datos ética y legalmente adecuada.
Desde este blog, seguiremos atentos a los avances y novedades en esta área en continua evolución.Josuan Eguíluz, con la colaboración de Alexandra Martín
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