Nuevos conjuntos y precios de referencia para 2025

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SuscribirmeEl Ministerio de Sanidad ha aprobado la Orden SND/1118/2025, de 6 de octubre, por la que se actualiza en 2025 el sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. La Orden, que incorpora las modificaciones introducidas en la regulación de este sistema por la Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública (excluye de dicho sistema los medicamentos derivados del plasma humano y los medicamentos huérfanos), fija nuevos conjuntos y precios de referencia, revisa los ya existentes y suprime aquellos que han dejado de cumplir los requisitos normativos.
A continuación, se resumen los contenidos de la Orden por anexos y las principales novedades.
Anexo 1: Medicamentos dispensables en oficinas de farmacia
El Anexo 1 relaciona los conjuntos de referencia de presentaciones dispensables mediante receta oficial u orden de dispensación, con indicación del precio industrial de referencia y del PVP IVA de referencia de cada presentación.
Son de nueva creación los conjuntos enumerados del F500 al F513.
Anexo 2: Medicamentos de ámbito hospitalario y envase clínico
El Anexo 2 recoge los conjuntos de referencia de presentaciones de medicamentos de ámbito hospitalario y presentaciones en envase clínico, con su precio industrial de referencia.
Son de nueva creación los conjuntos enumerados del P195 al P205 y el S108.
Anexo 3: Precio de referencia de cada conjunto y coste/tratamiento/dia ("CTD")
Con carácter informativo, el Anexo 3 relaciona todos los conjuntos de referencia con el precio de referencia de cada conjunto e identifica la presentación cuyo CTD determina dicho precio. Incluye, además, la información de las dosis diarias definidas utilizadas para el cálculo del CTD, así como la identificación de conjuntos formados por la existencia de biosimilares y de aquellos constituidos sin genéricos o biosimilares.
Anexo 4: Conjuntos suprimidos
El Anexo 4 comprende la relación de conjuntos de referencia suprimidos por haber dejado de cumplir las condiciones exigidas para su establecimiento o por las causas previstas en la normativa aplicable.
Anexo 5: Innovaciones galénicas excluidas temporalmente del sistema
El Anexo 5 enumera las presentaciones declaradas como innovaciones galénicas de interés terapéutico con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2012, excluidas temporalmente del sistema de precios de referencia y cuya declaración expira con posterioridad a la fecha de efectos de la orden.
Anexo 6: Presentaciones sin formación de conjunto
El Anexo 6 recoge las presentaciones y licencias para las que no se ha formado conjunto de referencia de conformidad con el artículo 3.2 del Real Decreto 177/2014.
Anexo 7: Integración y precios industriales de referencia
El Anexo 7 detalla las presentaciones de medicamentos, el conjunto de referencia en el que se integrarán y el precio industrial de referencia fijado para cada una.
Entrada en vigor
Los laboratorios deberán suministrar conforme a esos nuevos precios desde el 14 de octubre de 2025. Los distribuidores deberán aplicar el nuevo precio de venta del distribuidor una vez transcurridos veinte (20) días naturales. Y las oficinas de farmacia deberán dispensar al nuevo PVP desde el 1 de diciembre de 2025.
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