En relación con los límites en aplicación de créditos por los grupos de consolidación fiscal

2025-12-31T13:38:00
España
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 320/2025 de 1 Sep. 2025 

En relación con los límites en aplicación de créditos por los grupos de consolidación fiscal
31 de diciembre de 2025
El régimen de consolidación fiscal en el Impuesto sobre Sociedades (en adelante «IS») es una de las materias donde los Territorios Históricos no tienen una capacidad normativa plena. Esto es así porque el artículo 20 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco establece que la normativa en la definición de grupo fiscal, entidad dominante, entidades dependientes, entidad representante, grado de dominio y operaciones internas del grupo debe ser idéntica a la del Estado.

Sin embargo, en el resto de las materias relacionadas con la regulación de este régimen especial podrían existir diferencias sustantivas. Entre otras, las especialidades en aplicación de créditos fiscales por el grupo de consolidación fiscal es una materia que puede ser regulada de forma diferente a la del Estado, si bien la realidad es que la normativa en esta cuestión es idéntica en los Territorios Históricos y en Territorio Común. 

Ver el artículo completo en: Revista Forum Fiscal, n.º 325, diciembre de 2025. 

31 de diciembre de 2025