Comunidad Valenciana: análisis del Decreto-ley 6/2025

2025-05-19T15:52:00
España

Novedades en materia de intervención ambiental a partir del 13 de mayo de 2025 

Comunidad Valenciana: análisis del Decreto-ley 6/2025
Ver documento
19 de mayo de 2025

En este Legal Flash exponemos los aspectos clave del Decreto-Ley 6/2025 para las empresas que operan en la Comunidad Valenciana. Este Decreto-ley, que entró en vigor el 13 de mayo de 2025, introduce modificaciones significativas en la normativa ambiental de la Comunidad Valenciana para mejorar la coordinación administrativa y fortalecer la protección del medioambiente.

  • Integración de los instrumentos de intervención administrativa y el procedimiento de evaluación de impacto ambiental
    (art. 14.6 Ley 6/2014, de 25 de julio)

    A partir del 13 de mayo de 2025, si un proyecto sometido a evaluación ambiental se ejecuta sin la correspondiente declaración o informe de impacto ambiental y es sancionado de forma firme, la resolución sancionadora impondrá, además de la multa, la obligación de realizar una evaluación de los posibles efectos significativos sobre el medioambiente. El promotor dispondrá de un plazo máximo de seis meses para presentar la documentación requerida.
  • Nuevas actividades bajo declaración responsable ambiental
    (modificación del anexo II Ley 6/2014, de 25 de julio)

    Actividades de uso hospitalario, administrativo, docente y residencial público (residencias y centros de día) que estaban sujetas a licencia ambiental pasan a estar sometidas al régimen de declaración responsable ambiental. De esta manera, se simplifican los trámites para actividades consideradas de escaso potencial de incidencia ambiental.
  • Protección contra la contaminación acústica 
    (modificación de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre)

    En materia de ruido y vibraciones, se concretan los órganos autonómicos competentes para la inspección y sanción, vinculando la competencia sancionadora al instrumento de intervención administrativa habilitante, en lugar de la cuantía de la infracción (modificación arts. 54.1 y 57 Ley 7/2002, de 3 de diciembre). Además, se flexibilizan los criterios sobre ruido, permitiendo (a) la creación de zonas de transición entre diferentes usos y (b) la evaluación conjunta del ruido en zonas industriales bajo ciertas condiciones. En este último caso, la responsabilidad sobre los niveles de ruido podrá ser solidaria entre las actividades implicadas o determinada según acuerdos entre ellas (nuevos apartados 5 y 6 de la disposición adicional primera Ley 7/2002).

  •  Modificaciones en las tasas administrativas
    (modificación de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre)

    Se actualiza la regulación sobre la bonificación del 30 % de la cuota íntegra por servicios de intervención ambiental prevista en la Ley 20/2017, de 28 de diciembre. A partir del 13 de mayo de 2025, además de la certificación de colegios profesionales, se admitirán certificaciones documentales emitidas por otras entidades reconocidas conforme a la normativa ambiental.

Para más información, no dudes en contactar con los especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.

Ver documento
19 de mayo de 2025