Reforma Tributaria | Inversionistas del exterior

2022-08-17T08:57:00
Colombia
Descubra cómo afecta el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria colombiana a los inversionistas extranjeros
Reforma Tributaria | Inversionistas del exterior
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17 de agosto de 2022

¿Qué cambia?

  • Se incrementaría la tributación sobre dividendos distribuidos por sociedades nacionales del 10% al 20%. 
  • Se incrementaría la tributación sobre ganancias de capital del 10% al 20%.
  • Se crearía un impuesto nuevo y permanente sobre patrimonios iguales o superiores a COP 2.736.288.000 (USD 636.300), cuyas tarifas serían progresivas entre 0,5% y 1%.
  • Los individuos o entidad del exterior con presencia económica significativa en Colombia serían contribuyentes del impuesto sobre la renta en Colombia, tendrían la obligación de preparar un estudio de atribución y podrían estar obligados a presentar declaración de renta en Colombia.
  • Se gravarían, bajo el régimen general, las utilidades por ventas de acciones listadas en bolsa y sus derivados, así como la capitalización de utilidades.

¿Cómo me afectaría?

  • Los dividendos pagados a no residentes pasarían a gravarse al 20%, en lugar del 10% actual, salvo por las disposiciones especiales de los convenios de doble tributación suscritos por Colombia.
  • Las ganancias derivadas de enajenaciones directas e indirectas de activos, así como en la liquidación de sociedades pasarían de estar gravadas al 10% actual, al 30%.
  • El impuesto al patrimonio tendría como base, en general, el patrimonio declarado en el impuesto sobre la renta. No obstante, las acciones en sociedades nacionales deberían declararse por su valor intrínseco (entendido como el patrimonio líquido), con lo que, indirectamente, se gravarían las utilidades empresariales (en adición al impuesto a los dividendos y el impuesto de renta de la sociedad que ya grava esas mismas utilidades).
  • Si una sociedad del exterior (i) ofrece bienes o servicios a usuarios colombianos y durante el año las transacciones con esos usuarios generan ingresos brutos por un valor igual o superior a COP 1.189.525.000 (USD 276.600), o (ii) tiene una página de internet que termine en “.co”, o (iii) durante el año gravable tiene interacción o mercadeo con 300.000 o más usuarios colombianos, se entendería que su compañía tiene una presencia económica significativa en Colombia.
  • Las operaciones sobre acciones listadas en bolsa pasarían a estar gravadas según las reglas generales. En la actualidad, estas operaciones no están gravadas con el impuesto de renta, bajo ciertos límites.
  • La capitalización de utilidades generadas por entidades listadas en bolsa se gravaría como dividendos.

Si quiere acceder a información adicional sobre cómo afecta la reforma tributaria a este sector descargue el PDF

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17 de agosto de 2022