
El nuevo régimen jurídico de la movilidad eléctrica en Portugal, establecido por el Decreto Ley n.º 93/2025, de 14 de agosto, supone una profunda transformación del anterior marco jurídico en la materia (deroga el Decreto Ley n.º 39/2010 y sus posteriores modificaciones) y alinea el marco nacional con el Reglamento (UE) 2023/1804 (“Reglamento AFIR”).
La evolución se produce tras más de una década de experiencia con un modelo de red única pública y centralizada, basado en la separación del comercializador de electricidad y el operador de puntos de recarga (“OPR”) y en una relación contractual entre usuario y comercializador que, aunque pionera, ha puesto de manifiesto limitaciones en términos de flexibilidad, competencia, apertura a diferentes modelos de negocio y capacidad de respuesta ante la innovación tecnológica y las necesidades de los usuarios.
Esta guía práctica está dirigida a operadores del mercado de la movilidad eléctrica y empresas que, aunque no tengan la movilidad eléctrica como actividad principal, pretenden integrar los servicios de movilidad eléctrica en su oferta comercial, y destaca los aspectos legales, operativos y comerciales más relevantes.
- Editorial | ¿Qué cambia?
- Operación de los puntos de recarga
- Modelos de negocio
- Obligaciones de los operadores
- Regulación y supervisión
- Entrada en vigor y transición entre regímenes
- Normas para los puntos de recarga en edificios nuevos y existentes