La Ley 13/2026 autoriza al Gobierno a prorrogar el SIFIDE II e introducir en él cambios relevantes
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SuscribirmeLa Ley n.º 13/2026, de 16 de abril, autoriza al Gobierno a modificar el Código Fiscal de la Inversión (Código Fiscal do Investimento). En concreto, prorroga el régimen del sistema de incentivos fiscales a la investigación y el desarrollo empresarial (“SIFIDE II”) hasta el período impositivo de 2026 y faculta la introducción de cambios relevantes en dicho régimen, la mayoría de los cuales el Gobierno ya había anunciado.
En virtud de la autorización legislativa, el Gobierno debe ahora legislar sobre los siguientes aspectos del régimen:
- Prórroga del SIFIDE II hasta el período impositivo de 2026.
- Fin del acceso indirecto al SIFIDE II a través de fondos de inversión: ya no se permitirán nuevas deducciones basadas en suscripciones de unidades de participación en fondos SIFIDE.
- Mantenimiento de la obligación de obtener el reconocimiento de idoneidad de la Agencia Nacional de Innovación (Agência Nacional de Inovação, S.A.), aplicable a las empresas participadas por organismos de inversión colectiva encuadrables en el SIFIDE. Asimismo, el régimen seguirá exigiendo que las inversiones se destinen efectivamente a actividades de I+D. Estos requisitos no se aplicarán a las spin-offs creadas mediante procesos de transferencia de tecnología desarrollados por laboratorios colaborativos.
- En el marco del Régimen Especial de Tributación de los Grupos de Sociedades (RETGS), el tipo incremental, los límites y los coeficientes de incremento pasarán a aplicarse al aumento de la suma de los gastos de las sociedades que integran el grupo.
- Ampliación del plazo de tres años a cinco años para que (i) los fondos de inversión inviertan en empresas elegibles y (ii) las empresas lleven a cabo las correspondientes inversiones en actividades de I+D.
- Ampliación de la exclusión del beneficio a los gastos de I+D financiados, directa o indirectamente, con ayudas públicas nacionales o internacionales.
- Inclusión como gastos elegibles de los costes de “innovación productiva” que deriven directamente de actividades de I+D realizadas previamente y sean complementarios a estas. La inclusión quedará sujeta a determinadas condiciones, límites y exclusiones que se establecerán en la normativa que apruebe el Gobierno.
- Para las aportaciones realizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, se mantiene el umbral mínimo del 80% a efectos de canalización e inversión del capital por parte de los organismos de inversión colectiva del SIFIDE y de las empresas participadas, dentro de los plazos legalmente aplicables a ese período.
- Clarificación de que la ejecución de los recursos del SIFIDE II se limita a inversiones en empresas que realizan actividades de I+D. La suscripción de unidades de participación en fondos de inversión no se considerará ejecución de la inversión.
- Refuerzo de la transparencia del régimen mediante la publicación de un informe anual con indicadores de ejecución financiera, intensidad de I+D de las empresas, productividad sectorial, participación en programas europeos y evolución de las exportaciones de mayor valor añadido.
- Clarificación de la responsabilidad de los contables certificados en Portugal, confirmando que se limita a sus competencias propias y no abarca la calificación de los gastos como I+D o innovación productiva.
Próximos pasos
El Gobierno dispone de 180 días para aprobar el decreto ley de desarrollo en los términos establecidos en la autorización legislativa. La posterior ejecución normativa y administrativa será determinante para la aplicación adecuada del régimen revisado.
Para los contribuyentes, este es un momento oportuno para reevaluar su cartera de proyectos de I+D y comenzar a planificar las inversiones que vayan a realizar al amparo del régimen que se apruebe.
Cuatrecasas seguirá de cerca la evolución legislativa de este asunto.
Para obtener información adicional sobre el contenido de este documento, puede enviar un mensaje a nuestro equipo del Área de Conocimiento e Innovación o dirigirse a su contacto habitual en Cuatrecasas.
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