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SuscribirmeReconocimiento del permiso ampliado en familias monoparentales
La Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) núm. 140/2024, de 6 de noviembre de 2024 supuso un cambio de paradigma en la interpretación de los permisos parentales. En concreto, el TC declaró en dicha sentencia que las familias monoparentales pueden acumular la totalidad del permiso (16 semanas + 10 semanas, excluyendo las 6 primeras semanas de descanso obligatorio), alcanzando en la práctica un total de 26 semanas. Desde entonces, el TC se ha vuelto a pronunciar en varias ocasiones (entre otras, STC núm. 155/2024 de 16 de diciembre de 2024; STC núm. 23/2025 de 27 de enero de 2025; STC núm. 38/2025 de 10 de febrero de 2025; STC núm. 47/2025 de 24 de febrero de 2025 y STC núm. 67/2025 de 18 de marzo de 2025), adoptando este cambio de criterio.
En particular, el TC declara inconstitucional la omisión legislativa del artículo 177 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) en relación con el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores (TRLET), por la que se impide a las familias monoparentales acumular el permiso por nacimiento y cuidado de menor.
Evolución de la jurisprudencia: del Tribunal Supremo al Tribunal Constitucional
El fallo del TC rectifica la doctrina previamente sostenida por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (entre otras, STS Sala de lo Social núm. 169/2023 de 2 de marzo de 2023; STS núm. 1102/2023 de 30 de noviembre de 2023; STS Sala de lo Social núm. 576/2023, de 21 de febrero de 2024; STS núm. 852/2024 de 4 de junio de 2024), que había denegado este derecho, a diferencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS que sí había reconocido este derecho en favor de los empleados públicos (STS núm. 1612/2024 Sala Contencioso-Administrativo, de 15 de octubre de 2024), pese a la similitud entre la normativa aplicable a los empleados del sector público y privado.
Razones del Tribunal Constitucional para la ampliación del permiso
Las razones que llevan al TC a alcanzar esta conclusión son los siguientes:
- En la interpretación de este permiso debe primar el interés superior del menor.
- La norma actual discrimina a las familias monoparentales, que estadísticamente están conformadas, en su mayoría, por mujeres.
- No puede ofrecerse un trato discriminatorio a los menores recién nacidos en función del tipo de familia a la que pertenecen. Privar del derecho de cuidado durante 26 semanas a los menores de familias monoparentales los sitúa en una situación de mayor vulnerabilidad frente a aquellos de familias biparentales que reciben atención de ambos progenitores.
- Tradicionalmente, el legislador ha distribuido este permiso en semanas otorgadas a cada progenitor, para garantizar el principio de corresponsabilidad entre ambos. Sin embargo, en el caso de familias monoparentales, este principio se desvanece, mientras que sus necesidades de conciliación son iguales o incluso más exigentes que las de las familias biparentales.
Impacto para las empresas
En síntesis, la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menores para familias monoparentales supone un cambio relevante para las empresas, que deberán anticipar ausencias más prolongadas y adaptar sus políticas internas para evitar discriminaciones. Dada la disparidad de criterios entre los distintos TSJ, y a pesar del Criterio del INSS, resultaría oportuno que el legislador revisase la normativa aplicable para dotar de mayor seguridad jurídica a empresas y personas trabajadoras.
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