El próximo 1 de enero de 2020 entran en vigor novedades relevantes en materia de obligaciones contables de los titulares de establecimientos afectados por la normativa de los Impuestos Especiales (IIEE), a través del conocido como SILICIE (Suministro Inmediato de Libros de Información Contable de Impuestos Especiales).
Por un lado, los titulares de fábricas, depósitos fiscales, depósitos de recepción, almacenes fiscales y fábricas de vinagre deberán llevar la contabilidad de los productos objeto de los IIEE y de las materias primas para obtenerlos (alcohol, bebidas derivadas, hidrocarburos y tabaco, entre otros), a través del portal SILICIE de la Sede Electrónica de la AEAT, en determinadas condiciones y plazos.
Por otro lado, se regula la forma de llevanza de la contabilidad para aquellos establecimientos que no estén obligados a suministrarla a través del portal SILICIE; entre otros, beneficiarios de exenciones u otros beneficios fiscales y detallistas de hidrocarburos.
En este desayuno abordaremos todos estos cambios y cómo afrontarlos desde un punto de vista eminentemente práctico, con la finalidad de cumplir correctamente con la nueva normativa y evitar incurrir en infracciones tributarias. Para ello contaremos con la presencia de la Agencia Tributaria y de la compañía Techedge, empresa inscrita como colaboradora de la Agencia Tributaria en la integración del SILICIE.
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