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SuscribirmeEl 26 de febrero de 2026 se publicó la Directiva 2026/470/UE —"Directiva Ómnibus I"—, que modifica significativamente el marco normativo europeo en materia de sostenibilidad corporativa. Esta directiva introduce cambios sustanciales en la normativa de información corporativa —Directiva 2022/2464/UE o "CSRD"— y en la de debida diligencia —Directiva 2024/1760/UE o "CS3D"—.
En nuestro Legal Flash | Aprobación de la Omnibus I de diciembre de 2025 ya describimos las principales novedades de esta directiva, cuyo plazo de incorporación finaliza el 19 de marzo de 2027.
A continuación, con ocasión de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE):
- Resumimos los aspectos clave de la Directiva Ómnibus I.
- Presentamos un calendario con los próximos hitos relevantes de la reforma de sostenibilidad.
Directiva Ómnibus I: aspectos clave respecto a la información corporativa de sostenibilidad (CSRD)
- Significativa reducción del ámbito de aplicación. A partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2027, solo deberán reportar conforme a la CSRD las compañías que cumplan los criterios indicados en la siguiente tabla:
El resto de las compañías podrán informar voluntariamente utilizando estándares simplificados, que la Comisión Europea aprobará antes del 19 de julio de 2026.
En la práctica, esta reforma excluye aproximadamente al 90 % de las compañías inicialmente afectadas. En algunos casos, se trata de compañías de la "Ola 1" que ya están divulgando información conforme a la CSRD, o que debieran haberlo hecho si todos los Estados miembros hubieran transpuesto la CSRD en plazo. La Directiva Ómnibus I habilita a los Estados miembros a eximir a estas compañías de presentar información de 2025 y 2026 conforme a la CSRD. - Verificación limitada. La información de sostenibilidad estará sujeta a una verificación de alcance limitado, según un acto delegado que la Comisión prevé aprobar antes del 1 de julio de 2027.
- Protección para PYMES (value chain cap). Se limita la información que puede solicitarse a las empresas de la cadena de valor que no superen los 1.000 empleados de media, reduciendo así el impacto indirecto de la CSRD en las pequeñas y medianas empresas.
- Cláusulas de revisión. Se evaluará el uso de los estándares voluntarios antes del 30 de abril de 2029, así como una posible ampliación del ámbito de la CSRD antes del 30 de abril de 2031.
Directiva Ómnibus I: aspectos clave en materia de debida diligencia (CS3D)
- Importante reducción del ámbito de aplicación. Los nuevos umbrales prácticamente triplican los anteriores, lo que reduce significativamente el número de empresas afectadas:
- Nuevo calendario. Se retrasa la transposición de la CS3D hasta el 26 de julio de 2028 y la entrada en vigor de las obligaciones, con carácter general, hasta el 26 de julio de 2029.
- Cambios en el ejercicio de debida diligencia. Por una parte, se consolida y aclara el "enfoque basado en el riesgo" frente al denominado "enfoque basado en entidades". Por otra, se limita —con criterios de necesidad, razonabilidad y prioridad basada en el riesgo— la solicitud de información dentro de la cadena de actividad, así como la obligación de consultar con las "partes interesadas".
- Planes de transición climáticos. Se suprimen como obligación autónoma, aunque, si existen, deberán incluirse en los informes de sostenibilidad.
- Régimen de responsabilidad. Se elimina el régimen armonizado de responsabilidad de la UE, pero se mantienen: (i) el derecho de acceso al recurso judicial y al remedio bajo el régimen de cada Estado miembro; y (ii) un tope máximo para las sanciones del 3 % del volumen de negocios mundial.
- Prohibición de gold plating. Los Estados miembros no podrán imponer obligaciones de diligencia adicionales a las previstas en la CS3D.
- Cláusula de revisión. Se evaluarán aspectos relevantes de la CS3D antes del 26 de julio de 2031.
Próximos hitos de la Reforma Ómnibus I
En nuestro Post | Tendencias de sostenibilidad en Europa en 2025 y previsiones de 2026 del mes de febrero examinamos las medidas adoptadas el año pasado y las previsiones para este año. A efectos de información corporativa de sostenibilidad y de debida diligencia empresarial, destacamos los siguientes hitos:
- Entrada en vigor de la Directiva Ómnibus I: 18 de marzo de 2026.
- Normas sobre información corporativa de sostenibilidad de carácter voluntario: 19 de julio de 2026.
- Acto delegado de simplificación de los ESRS generales: a más tardar en septiembre de 2026.
- Fin del plazo de incorporación de la Directiva Ómnibus I: 19 de marzo de 2027.
- Fin del plazo de transposición de la CS3D: 26 de julio de 2028.
- Aplicación, con carácter general, de las obligaciones de CS3D: 26 de julio de 2029.
Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.
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